Tránsito

La Dirección de Tránsito de Isla de Pascua tiene por objeto principal otorgar a la comunidad los servicios necesarios relativos a tránsito, tales como; permisos de circulación, licencias de conductor y señalizaciones entre otros, en la forma más eficiente y oportuna posible, velando por el cumplimiento de las normas legales que regulen el tránsito y transporte público.

 

Director   : John Zasso Paoa
Mail          : jzasso@rapanui.net
Dirección : Atamu Tekena  s/n, Hanga Roa

 

Departamento Planificación:

Encargado      : Carlos Serey Yusta
Mail                 : cserey@rapanui.net
Teléfono          : 32 2100230 anexo 440

Unidad De Licencias De Conducir:

Encargado       : Patricia Tuki  -  Susan Pakarti Paoa
Mail                 : ptuki@rapanui.net  / spakarati@rapanui.net
Teléfono          : 32-2100230 anexo 441
Horario de Atención: lunes a viernes  08:00 a 12:00 hrs.

 

Unidad De Permisos De Circulación:

Encargado      : Cristian Atan Riveros / Tehani Huki Torres
Mail                : catan@rapanui.net /transito@rapanui.net
Horario de Atención : lunes a viernes  08:00 a 12:00 hrs.

 

Horario de atención público:

  • lunes a viernes  09:00 a 12:00 hrs.

 

Misión:

  • Representar y satisfacer las necesidades de la comunidad local y visitantes, a través de la prestación de servicios y excelencia, mediante un manejo responsable y transparente de los recursos, bajo un modelo de respeto y gestión cooperativa.

 

Funciones:

  • Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos.
  • Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes.
  • Señalizar adecuadamente las vías públicas.
  • Otorgar y renovar los permisos de circulación de vehículos motorizados.
  • Autorizar cortes de Transito para la ejecución de actividades culturales, deportivas y otras.
  • Efectuar Inspecciones Oculares a vehículos
  • En general, aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna.

 

Documentos Descargables:

 

Preguntas Frecuentes:

1.- ¿Cuáles son los requisitos para sacar licencia por 1ra. vez?

Certificado de estudios mínimo 8 º básico rendido, en original  o fotocopia legalizada  ante  notario  (no se devuelve)
Cédula de identidad (fotocopia).
Valor $17.000
Bajar el manual del nuevo conductor en la página de www.conaset.cl para estudio.
Nota: Menores con 17 años cumplidos además deberán traer: 

  • Certificado de curso de la Escuela de conductores
  • Autorización notarial de uno de los padres.

2.- ¿Qué exámenes tengo que rendir?

  • Teórico (de acuerdo a manual)
  • Psicotécnico (agudeza visual, audición, reacción, coordinación motriz)
  • Práctico (traer vehículo)

3.- ¿Cuántas oportunidades tengo para rendir el examen teórico?

3 veces:
1ra. Rechazada
2da. Después de 24 de hrs. De la 1ra. Y hasta 25 días de plazo
3ra. Después de 30 días de la 2da.
 

4.- ¿Qué debo hacer para renovar licencia de conductor?

Acercarse a nuestras oficinas, ubicadas en Atamu Tekena Sin Número edificio consistorial.
Lunes: por orden de llegada desde 08:00 a 11:30 hrs. (cupos limitados)
Martes: por orden de llegada desde las 08:00 a  11:30 hrs. (cupos limitados)
Miércoles: por orden de llegada desde las 08:00 a  11:30 hrs. (cupos limitados)
 

5.- ¿Cuáles son los valores para renovar licencias de conductor?

$ 17.000.- aprox. (incluye licencia)
** certificado de antecedentes y fotografía, deben ser obtenidos por el contribuyente
 

6.- ¿Se puede pagar la segunda cuota en otra comuna?

El decreto ley 6.023 en su artículo 15° indica que el pago de las segundas cuotas debe realizarse en la comuna donde se pagó la primera cuota.

 

7.- ¿Se puede obtener el permiso de circulación por internet?

Nuestra comuna actualmente no posee un sistema de pago de P.C.V. vía internet debido a que la P.R.T. local (AB0510) no se encuentra en línea.

 

8.- ¿Puedo obtener el permiso de circulación si no soy el dueño?

Cualquiera puede obtener el P.C.V. independiente de quien sea el dueño. Lo importante es presentar la documentación necesaria según la normativa vigente.

 

9.- ¿Puedo realizar el traslado de un vehículo después de la fecha de vencimiento?

Los traslados de vehículos a nuestro registro comunal pueden realizarse durante todo el periodo en curso en tanto no posean deuda con la municipalidad anterior ya que actualmente no poseemos el sistema conocido como “pago a terceros”.

Ej.: “Si mi permiso venció el 31/03/2021, tengo hasta el 31/01/2022 para realizar el traslado de mi vehículo. Una vez pasado ese plazo se vuelve un permiso atrasado y debo pagarlo en la comuna donde está registrado actualmente”.

 

10.- ¿Por qué el permiso de circulación cuesta menos que en el resto del país?

La ley 16.441 en su articulo 41° indica la excepción de impuestos de los bienes y servicios dentro la isla por lo que el P.C.V. al ser un impuesto, este no se aplica y el cobro realizado es solo por el trámite. Por esto mismo debemos acreditar que el vehículo se encuentre en nuestra comuna para así aplicar al beneficio, no ser así el P.C.V. no puede obtenerse en nuestra comuna.

 

11.- ¿Puedo obtener el permiso de circulación si mi revisión técnica y/o seguro obligatorio está(n) vencido(s)?

La ley 18.290 en su articulo 51° indica que todos los vehículos deben contar con un SOAP vigente para transitar; a su vez el articulo 89° indica que todos los vehículos deben contar con su C.R.T. o C.H.I.(e) vigente para la obtención del P.C.V.

 

12.- ¿Puedo obtener el permiso de circulación si no tengo el comprobante de pago del periodo anterior?

Solo si el vehículo se encuentra en nuestros registros; en caso contrario debe acreditarse el pago del ultimo permiso correspondiente a la comuna donde figure.

 

13.- ¿Puedo obtener el permiso de circulación si no tengo la factura?

En caso de perdida de la factura de compra se puede utilizar el certificado de primera inscripción; de no poseer ninguno de los documentos anteriormente mencionados, debe realizar una declaración jurada indicando los datos del vehículo.

 

14.- ¿Puedo omitir el pago del permiso de circulación?

El decreto ley 6.023 en su artículo 15° indica que es posible realizar la exención del pago del P.C.V. en curso si así se desea, para esto se debe acreditar el pago del ultimo permiso en nuestra comuna y no poseer deuda.

 

Enlaces:

  • ¿En qué consiste el proceso de obtención de licencia?

https://mejoresconductores.conaset.cl/#/ObtencionLicencia

  • Conoce/Revisa en detalle cada Clase de Licencia

https://mejoresconductores.conaset.cl/#/

  • Soy extranjero, ¿Cómo obtengo mi Licencia de Conducir?

https://mejoresconductores.conaset.cl/#/DudasFrecuentes/faqExtranjeros

  • #EsMoto Definición de Moto según normativa Chilena

https://www.conaset.cl/esmoto/

  • (SII) la tasación fiscal de vehículos 2023

https://www.sii.cl/servicios_online/1049-2612.html